Renovación Matrícula Mercantil
Para no incurrir en sanciones, las empresas y establecimientos de comercio registradas ante las cámaras de comercio deben renovar su matrícula mercantil antes del 31 de marzo.
cabe resaltar que la matrícula mercantil es la inscripción que se hace en el registro mercantil de las personas naturales o jurídicas que realizan actividades comerciales o mercantiles, así como de sus establecimientos de comercio.
En tal sentido, el registro mercantil les permite a todos los empresarios ejercer cualqueir actividad comercial y, además acreditar publicamente su calidad de comerciante. También les facilita tener acceso a información clave con el fin de que estos amplíen su portafolio de posibles clientes y proveedores.
El incumplimiento a la obligación legal de renovación, dentro del plazo señalado, puede acarrear sanciones de carácter pecuniario, impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio, las cuales equivalen a 17 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.
(Tomado del Boletín del Ámbito Jurídico No. 485, publicación del 5 al 18 de marzo de 2018)
Imagen:Cámara de Comercio Medellín
