No más corrección
Se acaban los proyectos de corrección ante la Dian
Desde la publicación de la reforma tributaria ley 1819 de 2016 mediante el Art. 274 se dio el primer paso para eliminar los tramites referentes a los proyectos de corrección de las declaraciones tributarias en las que se pretendía disminuir el valor a pagar o aumentar el saldo a favor, el cambio no fue definitivo ya que el parágrafo del artículo 589 del Estatuto Tributario (E.T.) dio un plazo máximo de (1) año a la DIAN para que ajustará los sistemas informáticos y poder eliminar dichos proyectos.
La Dirección de impuestos el 29 de diciembre del 2017 informo que se había habilitado la opción.
Es preciso recordar que el contribuyente cuenta con 1 año a partir de la fecha de vencimiento de la declaración para realizar la corrección, la cual tiene todos los efectos legales del caso a partir del momento en que se realiza.
(Dian, Enero 05/18).
